miércoles, 6 de mayo de 2015

La toga y el Birrete en el Poder Judicial .

Las togas y El birrete en el Poder Judicial:

Antes  de irnos directamente a las especificaciones que nos da la Ley 821 del 21 de noviembre del 1927, sobre la Toga y el Birrete, vamos  a definir que son:

TOGAPrenda de vestir larga y amplia semejante a una túnica abierta, con mangas anchas y a veces con esclavina o muceta, que se lleva sobre otras prendas y sirve de distintivo en determinados actos entre licenciados, doctores y catedráticos universitarios o entre magistrados, jueces y abogados.

Es bueno apuntar de donde viene el uso de la misma, que es de Los ciudadanos de Roma la que utilizaban como vestimenta habitual. Con ella se diferenciaban de los esclavos y de los bárbaros. La toga fue, por tanto, una vestimenta distintiva de la Antigua Roma.

BIRRETE: Es un gorro con forma prismática rematado con una borla, usado en actos ceremoniales, por magistrados, jueces, letrados, abogados y componentes de la comunidad universitaria en ocasiones solemnes.


El birrete se cree ha evolucionado de la birreta, un gorro similar utilizado por los clérigos cristianos, aunque existen quienes creen que en realidad podría ser al revés. Ambos gorros tienen sus orígenes en el pileus quadratus de épocas romanas, un tipo de casquete con un cuadrado adosado.
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Art. 11 de la Ley 821 del 21 de Noviembre del 1927.

En las audiencias públicas los Jueces, los Procuradores Generales, los Procuradores Fiscales y los abogados estarán obligados a llevar togas y birrete calado. 

La toga:  Será de alpaca o seda negra lisa con un cuello cuadrado en la espalda, de 20 pulgadas de largo por 17 pulgadas de ancho y que se continúa en la parte delantera de cada lado de la abertura del frente con una franja de 7 pulgadas de ancho hasta el ruedo y unida al borde de la toga. El cuello y estas franjas serán de tela negra, lisa, brillantes y forrados. 
La toga será lisa excepto el paño de atrás que será tachonado a partir de la cintura. Las mangas serán tachonadas en el hombro y con una bocamanga de 6 pulgadas de ancho, y de la misma calidad de la tela del cuello y de las franjas. 

El color de las bocamangas será como sigue: 

a) Para los Jueces de la Suprema Corte, morado obispo; 
b) Para los Jueces de las Cortes de Apelación y del Tribunal de Tierras, la mitad superior, morado obispo y la otra mitad negra; 
c) Para los Jueces de Primera Instancia, negra con un filete morado obispo de un cuarto de pulgada de ancho en el borde superior; 
d) Para los Procuradores Generales y Procuradores Fiscales, negra y azul Copenhague en la forma usada por los jueces de las Cortes o Tribunales donde ejercen sus funciones; 
e) Para los abogados, la bocamanga será negra. 

 El birrete:  Será hexagonal, de color negro y confeccionado en el mismo material del cuello de la toga. Deberá llevar una borla redonda de hilos de seda, en el centro de la parte superior. 
Esta borla será de color: 
A) Morado obispo para los Jueces, 
B) Azul Copenhague para los Procuradores Generales y los Procuradores Fiscales y 
C) Blanca para los abogados. 

Los funcionarios y abogados mencionados en este artículo, usarán en estrados camisa y cuello blancos y corbata negra. 

Los demás empleados y funcionarios judiciales usarán el traje negro. 

Por cada vez que un Magistrado o un Juez comparezca en la audiencia sin toga y birrete calado, dejará de percibir el sueldo de un mes y el abogado que incurre en esta misma falta no será admitido en la audiencia. 




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